Contrato de ejecución de obra de reforma integral de vivienda
En Málaga, a 12 de abril de 2026.
Reunidos
De una parte, D./Dña. Juan Pérez García, con NIF 12345678A, domicilio en C/ Larios 5, 29005 Málaga, teléfono +34 600 123 456, email cliente@ejemplo.es, en adelante el PROMOTOR.
De otra parte, Reformas Andalucía SL, con CIF B12345678, representada por D./Dña. María López Ruiz, en adelante el CONTRATISTA.
Ambas partes se reconocen capacidad legal para obligarse.
Exponen
Que el PROMOTOR es titular de la vivienda sita en C/ Victoria 12, 3ºB, 29012 Málaga (ref. catastral 9872023VG3497S0001WX, superficie de actuación 95 m²) y contrata la reforma integral de la misma conforme a las siguientes cláusulas.
Primera — Objeto
Ejecución por el CONTRATISTA, con sus propios medios, de las obras de reforma integral de la vivienda descrita, conforme al presupuesto anexo y a las reglas de la buena construcción (art. 1.591 CC).
Segunda — Precio
Precio a tanto alzado (art. 1.593 CC) de 68.500,00 € IVA incluido (base: 62.272,73 € · IVA 10 %: 6227,27 €). Invariable salvo modificaciones escritas.
Tercera — Forma de pago
Hitos certificables: 20 % firma · 20 % demoliciones · 20 % instalaciones vistas · 20 % revestimientos · 20 % entrega. Retención del 5 % durante 3 meses desde recepción provisional.
Cuarta — Plazo
Inicio el 12 de abril de 2026, duración máxima 60 días hábiles, finalización prevista 05 de julio de 2026. Penalización por retraso no justificado: 100 €/día natural, tope 10 % del precio total.
Quinta — Garantías legales
El CONTRATISTA responde conforme al art. 17 LOE por plazos de 1, 3 y 10 años según la naturaleza del vicio.
Sexta — Obligaciones del contratista
Seguro de RC, cumplimiento de la Ley 31/1995 de PRL, Ley 32/2006 de subcontratación, RD 105/2008 de residuos.
Séptima — Recepción
Acta de recepción provisional a la finalización (art. 6 LOE). Recepción definitiva al año sin defectos manifestados.
Octava — Obligaciones del promotor
Puesta a disposición del inmueble libre, obtención de licencias, pagos en plazo, designación de interlocutor único.
Novena — Modificaciones de obra
Cualquier modificación requerirá Orden de Cambio escrita y firmada antes de ejecutarse.
Décima — Resolución
Causas: impago, paralización injustificada superior a 10 días, concurso, incumplimiento grave de obligaciones de seguridad o fiscales.
Undécima — Protección de datos
Tratamiento conforme a RGPD y LOPDGDD 3/2018 para la ejecución del contrato.
Duodécima — Información previa al consumidor
Si el PROMOTOR es persona física consumidora, se incorporan los derechos del art. 97 y 102 TR-LGDCU.
Última — Jurisdicción
Juzgados y Tribunales del domicilio del PROMOTOR, con renuncia a cualquier otro fuero.
Documento generado por contratosdeobra.es. Plantilla redactada y revisada por arquitectos y abogados colegiados en España. Esta plantilla no sustituye el asesoramiento legal profesional para casos específicos.
NIF 12345678A
El Promotor
en rep. de Reformas Andalucía SL
El Contratista